Este Tribunal de Control N°.10, SE DECLARA COMPETENTE para conocer de la Querella interpuesta, de conformidad con lo establecido en los artículos 57 y 58 del Código Orgánico Procesal Penal; y RESUELVE notificar a la solicitante y/o sus abogados asistentes, a los fines de que SUBSANEN el escrito presentando en contra del BANCO MERCANTIL C.A., en la persona de quien alega la compareciente sea su Presidente, Ciudadano GUSTAVO A. MARTURET, y complete los requisitos que faltan en la Querella presentada, dentro de los tres días siguientes a su notificación, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 296, ord. 2° y 3° del Código Orgánico Procesal Penal.