En fuerza de los anteriores razonamientos, este Tribunal superior impartiendo justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: Sin lugar la apelación interpuesta por el abogado Otto Sánchez Naveda, como apoderado del ciudadano FELICIANO AMENEIROS PEREZ, contra la sentencia de fecha 26 de octubre de 2009, dictada por el Juzgado pri0mero del municipio Miranda de esta Circunscripción Judicial, mediante la cual declaró sin lugar la demanda con motivo del juicio de declaratoria de extinción del contrato de arrendamiento, seguido por el apelante contra DISIMCA FALCON, C.A.
SEGUNDO: Se declara improcedente la demanda de vencimiento del periodo contractual de arrendamiento y prorroga legal, incoada por FELICIANO AMENEIROS PEREZ contra DISIMCA FALCON, C.A.
Se condena en costas a la parte apelante.
Déjese transcurrir el lapso procesal correspondiente.