Este Tribunal Mixto de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, sede Cumaná, actuando en nombre de la República y por autoridad de la Ley, RESUELVE: PRIMERO: Se declara por Unanimidad al acusado GRAIMER SIMÓN SUMOZA ROSAS, titular de la Cédula de Identidad 17.711.989, de 21 años de edad, residenciado en Petare, barrio José Félix Rivas, Escalera El Progreso, casa S/Nº de la ciudad de Caracas, Estado Sucre, NO CULPABLE, de la comisión del delito de OCULTAMIENTO DE ARMA DE FUEGO y DISTRIBUCION DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, previstos y sancionados en los artículo 31 de la ley Orgánica Contra el Tráfico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas y el artículo 277 del Código Penal, y en consecuencia absuelto de pena alguna; por insuficiencia de pruebas en su contra haciendo surgir una duda razonable a su favor. Todo de conformidad con lo previsto con el artículo 366 del COPP. Se ordena su inmediata libertad. SEGUNDO: Se declara por Unanim.....