DECISIÓN
En merito a las consideraciones precedentes, este Juzgado Superior Estadal Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, con sede en Barquisimeto, actuando, en nombre de la República y por autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: SU COMPETENCIA para conocer y decidir la presente acción de Habeas Data interpuesto por la Abogada MARIELA COROMOTO PARRA LANDAETA, inscrita en el I.P.S.A bajo el N° 96.262, en su condición de apoderada judicial de la Sociedad Mercantil DISTRIBUIDORA CATALINA 2012, C.A., representada por su Presidente, ciudadana HAZEL KARINA GIMENEZ PIÑA, titular de la cédula de identidad N° V-16.530.250, contra la Sociedad Mercantil CERVECERÍA POLAR C.A.-
SEGUNDO: De conformidad con el artículo 209 del Código de Procedimiento Civil por remisión expresa del artículo 98 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia y el artículo 31 de la Ley de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, ANULA la sentencia de fecha 28 de Septiembre d.....