Por todo lo ante expuesto este Juzgado del Municipio Bermúdez del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA: PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda que por COBRO DE DAÑOS MATERIALES EN ACCIDENTE DE TRÁNSITO, incoara el ciudadano HORACIO JESÚS SALGADO CAMACHO, titular de la cédula de identidad N° 3.946.237 en contra de los ciudadanos OMAR SAMY YAUHARI YAUHARI, SAMER SAMI JAOUHARI JAOUHARI, titulares de las cedulas de identidad N°. V- 10.877.257 y V- 14.856.937 respectivamente, y la Sociedad Mercantil, MULTINACIONAL DE SEGUROS C.A. SEGUNDO: Se condena a las partes codemandadas a cancelar a la parte demandante la cantidad de SESENTA Y CUATRO MIL TRESCIENTOS BOLIVARES (Bs. 64.300,oo) por concepto de daños materiales causados al vehículo de su propiedad, Marca: TOYOTA, Modelo: YARIS 5, Año: 2005, Color: GRIS, Placa: RAL 50V; más lo que resulte por concepto .....