"...Este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Libertador y Santos Marquina de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Mérida, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: incondusible la acción interpuesta por la ciudadana Maria Isabel Flores Ramirez, asistida por el abogado Jose Gregorio Marcano Manzulli, de Reconocimiento de Contenido y Firma de documento privado, por ser ilegal y violatoria de los artículos 822 del Codigo Civil, asi como los artículos 429 y 55 del Codigo de Procedimiento Civil, y ha sido cuentos que su admisión sustanciación y decepción violación los preceptos constitucionales de xxx . Así se decide.
SEGUNDO: No hay condena en costas procesales. Así se decide.
TERCERO: No hay condenatoria en consta...".