acuerda trasladar al Internado Judicial de esta Ciudad al acusado LUIS ENRIQUE CURAPA, ello en virtud de que el centro de reclusión de los procesados es el Internado Judicial, conforme a lo establecido en el articulo 4 del Reglamento de Internados Judiciales literal "A y F". Notifiquese al Director del Internado Judicial, y al Director del Instituto Autonomo de Policia de esta Ciudad.