Se dicta AUTO DE EJECUCIÓN a los ciudadanos: IVAN JOSE PEREIRA Y JEAN JOSÉ GONZALEZ COLON, quienes fueron CONDENADOS, por el Tribunal Primero de Primera Instancia en Función de Control, Audiencia y Medidas con Competencia en Delitos de Violencia Contra la Mujer del estado Carabobo, según sentencia publicada en fecha 22/11/2016 a cumplir la pena de DOS (02) AÑOS Y OCHO (08) DE PRISIÓN, por el delito de ABUSO SEXUAL SIN PENETRACIÓN, previsto y sancionados en el encabezamiento del artículo 259 de la Ley Orgánica de Protección a Niños, Niñas y Adolescente, De la misma manera, fue exonerado del pago de las costas procesales, optando al BENEFICIO DE SUSPENSION CONDICIONAL DE LA EJECUCION DE LA PENA, en virtud de la pena impuesta.