Por las razones antes expuestas este Juzgado Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara:
1) CON LUGAR la pretensión de Estimación e Intimación de Honorarios Profesionales, intentada por los ciudadanos Abogados JOSE NAYIB ABRAHAM ANZOLA, MIGUEL ADOLFO ANZOLA CRESPO Y JOSÉ GREGORIO VIGNIERI HERNANDEZ, en contra de la ciudadana EDDY GARCIA DE CARDENAS. En consecuencia, se condena a la demandada perdidosa a pagar a la demandada perdidosa la cantidad de DOSCIENTOS SETENTA Y TRES MIL TRESCIENTOS TREINTA BOLÍAVARES (273.330,00 Bs.), por concepto de Honorarios Profesionales.
Se advierte a los litigantes que, una vez se encuentre firme la presente decisión, tendrá lugar, en el quinto día de despacho siguiente, a las diez horas de la mañana (10:00 a.m.), el acto de nombramiento de jueces retasadores, conf.....