de conformidad con lo previsto en el artículo 259 del Código Orgánico Procesal Penal ACUERDA, mantener la Medida Cautelar sustitutiva de Libertad a favor del imputado DEL VECCHIO ANGARITA PEDRO LUIS, titular de la Cédula de Identidad N°: 24.302.947, bajo las mismas condiciones impuestas en la Audiencia de Presenta de imputado, pero bajo la concesión de CAUCION JURATORIA.