Por lo antes expuesto este Tribunal de Control N° 3 del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, administrando justicia en nombre de la República de Venezuela y por autoridad de la Ley, ACUERDA LA APLICACIÓN DE UNA MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA A LA PRIVACION DE LIBERTAD, contenida en el artículo 256 ordinales 3º del Código Orgánico Procesal Penal presentación periódica cada 15 días , a favor del Ciudadano RUBEN DARIO TOVAR (Identificado), Librese la Boleta de libertad a la Comandancia de la Policia del Estado Lara, en virtud que el mencionado ciudadano se encuentra recluido .Regístrese y Publíquese. Cúmplase Notifíquese a las partes
LA JUEZ
Abg ODETTE GRAFFE RAMOS LA SECRETARIA