Se díctó SENTENCIA DEFINITIVA mediante la cual se CONFIRMO la decisión dictada por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Lara, en fecha 15 de noviembre de 2006. En consecuencia SE AUTORIZO al ciudadano ANICETO ANDRES BLARASIN CEDOLIN, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. 4.387.434, casado, y su esposa MARISELA LISBEDT LEIVA DE BLARASIN, venezolana, mayor de edad, titulare de la cédula de identidad Nro. 4.475.482, PARA QUE VENDAN O GRAVEN, el bien inmueble constituido por un apartamento distinguido con el Nro. C-51, ubicado en el quinto piso, lado Nor-Oeste, Torre C del Edificio Conjunto Residencial Parque Florida, situado en la carrera 14-B entre calles 61 y 62 de esta ciudad de Barquisimeto, Municipio Iribarren del Estado Lara.