DISPOSITIVA
En mérito de las precedentes consideraciones, este Tribunal Cuarto de Primera Instancia de Juicio del Trabajo sede Puerto Cabello y Juan José Mora, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda interpuesta por los ciudadanos, LARRY JOEL ESTRADA LUGO; WILFREDO LARES SOTO; YENNY MAIDE SILVA; JUAN POLANCO WUEFFER; ARGENIS VERASTEGUI CASTELLANOS; YOSNATO ESTRAÑO BERNAL, y ENRIQUE JOSE COVA, titulares de las cedulas de identidad nº12.743.669,13.665.526,16.568.419,3.604.122,12.745.490,12.742.673,y 8.594.146, contra la entidad de trabajo ASOCIACION COOPERATIVA SOLIMET, RL. En consecuencia se ordena a la parte demandada pagar a los codemandantes, la cantidad total ya señalada ut supra, más lo que resulte de experticia complementaria que se ordena a tal efecto; así como en relación a los intereses de mora; y a la corrección monetaria respectivamente, la cual es ordenada por este Tri.....