CON LUGAR la solicitud presentada, en fecha 11 de abril del año 2007, por el abogado MARIO DE SANTOLO en su carácter de apoderado judicial de la Sociedad de Comercio "SISTEMAS DE COMPRA PROGRAMADA CHEVROLET" C.A., y en consecuencia In Limine Litis, deja Sin Efecto la sentencia dictada en fecha 20 de marzo del año 2007, por el Juzgado Noveno de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo.-
Se ordena remitir el expediente al Juzgado Noveno de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, a los fines de la continuación de la causa, esto es, oír el recurso de apelación pendiente.-