Dispositiva.
En mérito a las consideraciones que preceden, este Tribunal en Funciones de Juicio 1 del Circuito Judicial Penal del Estado Carabobo, Extensión Puerto Cabello, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, con fundamento en los artículos 150 numeral 2° y 154 numeral 3° del Código Orgánico Procesal Penal, emite los siguientes pronunciamientos: Primero: Declara con lugar la excusa presentada por la ciudadana: Ofelia Sánchez, portadora de la cédula de identidad personal N° V-3.257.366, Segundo: Ordena notificar a la solicitante y a las partes de la presente decisión, indicando en la boleta de notificación de la solicitante que la excusa es por este asunto, pero que en virtud de que la circunstancia que la exime de cumplir en esta oportunidad, es temporal podrá se seleccionada con posterioridades otro asunto.
Anna María Del Giaccio Celli.
Juez Titular en Funciones de Juici.....