En cuenta de la diligencia que antecede, suscrita por la ciudadana THAIS MARGARITA GARCÍA GODOY, parte demandada, asistida por la Abogada Jessy Collazos, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 92.020, mediante la cual DESISTE del recurso de apelación intentado contra la sentencia interlocutoria dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia Civil, Mercantil y Tránsito del Estado Lara, en fecha 13/06/2003, en el presente juicio. Este Juzgado Superior Primero Civil, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, da por CONSUMADO dicho DESISTIMIENTO y en consecuencia, LO PASA CON AUTORIDAD DE COSA JUZGADA, quedando FIRME el auto dictado por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito del Estado Lara, el 13 de junio de 2003, en el juicio de EJECUCIÓN DE HIPOTECA (OPOSICIÓN) intentado por CASA PROPIA ENTIDAD DE AHORRO Y PRESTAMO, C.A., contra THAIS MARGARITA GARCÍA GODOY, que declaró SIN LUGAR la oposición formul.....