DISPOSITIVA
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la parte accionada.
SEGUNDO: SE CONFIRMA la sentencia dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de esta Circunscripción Judicial en fecha 11 de Octubre de 2.010.
TERCERO: IMPROCEDENTE LA MEDIDA CUTELAR DE SUSPENSIÓN DE EFECTOS interpuesta por la abogada MARIA GABRIELA GERARDO MENDOZA, inscrita en el I.P.S.A., bajo el Nº 135.507, actuando en representación de la sociedad mercantil CORPORACIÓN INLACA, C.A., contra la Providencia Administrativa Nº 912, dictada por la Inspectoría del Trabajo César "Pipo" Arteaga de los Municipios San Diego, Naguanagua y Parroquias San José, Catedral y Rafael Urdaneta del Municipio Valencia del Estado Carabobo, que .....