DECISIÓN
En consecuencia concordados los elementos probatorios analizados, DEJANDO A SALVO LOS DERECHOS DE TERCEROS, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Lara, con sede en Barquisimeto, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, conforme a lo previsto en los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil y 177 Parágrafo Segundo, literal "d", DECLARA a los ciudadanos JOSÉ ALEJANDRO CORDERO DURAN, LEONARDO JOSÉ CORDERO DURAN y al niño Identidad omitida en concordancia con el articulo 65 de Ley Orgánica para la Protección del Niños, Niñas y Adolescentes en sustitución de su padre ciudadano EDUARDO JOSÉ CORDERO DURAN, quien falleció en fecha 21 de diciembre de 2010 según consta en acta de defunción elaborada por Registro Civil de la parroquia Catedral del municipio Iribarren del estado Lara bajo e.....