este Tribunal Cuarto de Primera Instancia en Funciones de Juicio del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, sede Cumaná, administrando Justicia En Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, de conformidad con lo establecido en los artículos 174, 175, 179 y 180 del Código Orgánico Procesal Penal, DECLARA la NULIDAD ABSOLUTA del acto de audiencia preliminar celebrada en fecha 18/04/2017, así como de todos los actos procesales que devinieron de la misma, ordenándose, en consecuencia, la reposición de la causa al estado en que el Juez de Control convoque a nueva audiencia preliminar y garantice el ejercicio de los derechos, cargas y facultades de la víctima indirecta Luís Enrique Ravelo Tirado dentro del proceso, concretamente los amparados en los artículos 23, 274, 309 y 311 del Código Orgánico Procesal Penal, y 26 y 30 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. Notifíquese a las defensas actuantes, al Fiscal del .....