En virtud de las razones precedentemente expuestas, este Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, decide:
PRIMERO: CON LUGAR la apelación interpuesta por el abogado Edinson Mujica, inscrito en el I.P.S.A. bajo matrícula Nro. 47.956, en su condición de apoderado judicial del accionante, ciudadano LISANDRO JOSÉ ALVARADO COLMENÁREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-12.935.928, contra la sentencia de fecha treinta (30) de enero de 2020, dictada por el Juzgado Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de esta Circunscripción Judicial.
SEGUNDO: En consecuencia de lo precedentemente decidido, se revoca la recurrida. Se repone la causa al estado que el Tribunal que le corresponda conocer de ésta, vuelva a dictar sentencia sin cometer los vicios aquí establecidos en la recurrida.....