nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ordena abrir el Juicio Oral y Reservado en contra del acusado Yorvi José Castañeda Salazar, Venezolano, de 17 años de edad, oficio estudiante, titular de la cédula de identidad Nº 20.347.235, nacido en fecha 18/10/1.989, hijo de Albañileéis Salazar y José Castañeda, residenciado en Urbanización Bebedero, Calle 05, Vereda 37, Casa Nº 12, cerca la Escuela Cristóbal de Quesada de esta Ciudad de Cumaná, Estado Sucre, por la presunta comisión de los delitos de PORTE ILÍCITO DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en el artículo 272 del Código Penal, en perjuicio del Estado Venezolano, y en virtud de ello, se emplaza a las partes para que un plazo común de cinco (05) días concurran ante el Tribunal de Juicio, se instruye a la secretaria a remitir las presentes actuaciones en la oportunidad legal