Por las razones antes expuestas este Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil, Bancario, Tránsito y Protección de Niños, Niñas y de Adolescentes de esta Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: PRIMERO: SIN LUGAR la apelación interpuesta el 11 de marzo de 2011, por el ciudadano GONZALO ZAPATA, parte demandante, asistido por el abogado WILLIAM CURIEL, contra la sentencia interlocutoria dictada el 03 de marzo de 2011, por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de esta Circunscripción Judicial.- SEGUNDO.- INADMISIBLE la pretensión por cumplimiento de contrato de venta con pacto de retracto, incoado por los ciudadanos GONZALO ZAPATA y GLORIA DELGADO DE ZAPATA, contra el ciudadano AKL AKL BITTAR.
Queda así REFORMADA la sentencia objeto de la presente apelación.
Se condena en costas a la parte apelante, de conformidad con lo establecido en el a.....