"...en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara: INADMISIBLE la acción de amparo constitucional interpuesta por el ciudadano el ciudadano DAIMER HENRRIQUEZ, titular de la cédula de identidad No. 18.956.607 contra la empresa DERIVADOS PLASTICOS de conformidad con lo establecido en el articulo 19 de la Ley Orgánica de Amparo Sobre Derechos y Garantías Constitucionales..."