Así las cosas, se evidencia de la providencia administrativa impugnada (folios 46 al 49), la imposición de multas derivadas de las infracciones verificadas por la Unidad de Supervisión de la Inspectoría del Trabajo, en aplicación de lo previsto en la Ley Orgánica del Trabajo, las Trabajadoras y los Trabajadores, en conexión con lo establecido por el Artículo 236 del Reglamento de la Ley Orgánica del Trabajo, que ordena la multiplicación de la multa por los sujetos afectados, lo que hace presumir una lesión a la garantía constitucional establecida en el Artículo 49 del Texto Fundamental, por lo que se cumple el requisito de la apariencia del buen derecho alegado.
Igualmente, se evidencia la presunción de un perjuicio irreparable para el actor, ya que el pago de dicha multa, comprometería la regularidad y continuidad de la actividad productiva de la entidad de trabajo, lo que pondría en riesgo la estabilidad laboral de todos los trabajadores, afectando intereses colectivos, que deben .....