DISPOSITIVA
En virtud de los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: SIN LUGAR el recurso contencioso administrativo de nulidad interpuesto por la abogado EDILMAR MENDOZA, actuando en representación de la empresa SERVIPACK, C.A, en contra de la sentencia en fecha 27/05/2013, el Juzgado de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo del estado Portuguesa con sede en la ciudad en Acarigua mediante el cual declaro: INADMISIBLE el recurso de nulidad en contra de la Providencia Administrativa Nº 935-2011, de fecha 25/11/2011, en ocasión a la existencia de inadmisibilidad contentiva en el articulo 35 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa.
SEGUNDO: SE CONFIRMA la sentencia de fecha 27/05/2013, el Juzgado de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo del estado Portuguesa c.....