-V-
DECISIÓN
Por todas las razones expuestas, este TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS BEJUMA, MONTALBAN Y MIRANDA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
1. PRIMERO: INADMISIBLE la presente demanda por PARTICIÓN Y LIQUIDACION DE BIENES conjuntamente con ACCION MERO DECLATIVA DE CONCUBINATO incoada por la ciudadana ZAIDA YAJAIRA CHACÓN SUAREZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro V-8.095.222, asistida por la abogada MARÍA FERNANDA SOTILLO, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro V-19.943.362, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro 303.157, en virtud de haberse configurado una inepta acumulación de pretensiones, en consecuencia, se Desecha y Extingue la presente pretensión, ello conforme a los artículos 78 y 341 del Código de Procedimie.....