II
DISPOSITIVO
Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS VALENCIA, LIBERTADOR, LOS GUAYOS, NAGUANAGUA Y SAN DIEGO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara: ÚNICO: LA PERENCIÓN y en consecuencia, extinguida la instancia conforme al encabezamiento del artículo 267 del Código de Procedimiento Civil, lo que origina la terminación del proceso iniciado por demanda de RESOLUCION DE CONTRATO DE COMPRA VENTA, por el ciudadano VICTOR LEOPOLDO SIANO LEON, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. V-8.825.361, asistido por la abogada CARMEN ALTUVE debidamente inscrita en el I.P.S.A. Nro. 47.186, según consta en autos, contra los ciudadanos LUCRECIA JOHANAS VEGAS DE NUÑEZ Y RAMON ENRIQUE NUÑEZ FLAUTES, .....