Se declara sin lugar el recurso de nulidad funcionarial interpuesto por el ciudadano Cesar Augusto Medina Chirinos, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-10.035.153, de este domicilio, representado judicialmente por José Filogonio Molina, abogado en ejercicio, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 25.994, con domicilio procesal en el Centro Comercial Bolívar, piso 2 oficina 9, Barquisimeto, Estado Lara, contra el Estado Lara, por intermedio del acto administrativo dictado por las Fuerzas Armadas Policiales del Estado Lara, notificado al recurrente el 12/04/2004, cuya representación ostentaron los abogados sustitutos de la Procuraduría General del Estado Lara.