D E C I S I O N
En mérito de las consideraciones precedentemente expuestas, este Juzgado Superior Primero Civil, Mercantil y de Menores del Estado Lara, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara CON LUGAR la apelación interpuesta por la abogada Greisi Rodríguez, apoderada de la parte actora, contra el auto de fecha 3 de abril de 2006, dictado por la juez de Juicio Nº 2 del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente del Estado Lara. En su defecto se decreta medida preventiva innominada de retención sobre el 50% que por indemnizaciones laborales el Ministerio de Infraestructura le adeuda al ciudadano NELSON JOSÉ COLMENÁRES FARÍAS desde el día 12-08-2000 hasta el día 30-09-2004, a los fines de asegurar los derechos de la ciudadana MARÍA ANDREÍNA RAMOS SÁNCHEZ, que le corresponden en la comunidad de gananciales constituida en virtud del vínculo matrimonial que la une al ciudadano antes mencionado. En consecuenc.....