este Tribunal Primero de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, con sede en Santa Ana de Coro, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley se pronuncia de la siguiente manera: PRIMERO: SE CONDENA al ciudadano JOHANNYEL MOYEDA MEDINA, quien es Venezolano, de 22 años de edad, titular de la Cédula de Identidad 21.448228, de oficio obrero, domiciliado en la urbanización Los Medanos Manzana D-6 casa N° 08 de esta ciudad de Coro Estado Falcón, a cumplir la pena de UN (1) AÑO Y SEIS DE PRISIÓN, por la comisión del PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO previsto y sancionado en el Artículos 277 del Código Penal perjuicio del Estado Venezolano, pena que deberá cumplir en el Establecimiento Penitenciario que determine el Juez de Ejecución correspondiente. SEGUNDO: Se condena al acusado a las accesorias de ley establecida en el artículo 16 del Código penal.