V
DECISIÒN
En razón de lo antes expuesto, este Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Central, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara:
1) SIN LUGAR el recurso contencioso tributario interpuesto por el ciudadano Juan Vicente Díaz Colmenares, actuando en su carácter de propietario de LICORERIA EL AVILA, debidamente asistido por el abogado Reyes Sanabria Soto, contra el acto administrativo contenido en la Resolución Nº RCE-JT-03-410-49 del 26 de septiembre de 2003, la cual declaró inadmisible el recurso jerárquico contra los actos administrativos contenidos en las resoluciones Nº GRTI-RCE-DRL-02-145 y GRTI-RCE-DRL-330-2002-145, del 22 de julio de 2002 y del 05 de agosto de 2002 y planillas de liquidación Nº 101001247000148 y Nº 101001238000534, del 22 de julio de 2002 y del 22 de agosto de 2002, todas por un monto total de Bs. 411.185,94, emitidas por el SERVICIO NACIONAL INTEGRADO DE ADMINISTRACIÒN ADUANERA Y TRIBUTA.....