PRIMERO: CON LUGAR el recurso procesal de apelación ejercido por la parte actora en contra de la decisión dictada el 01 de febrero de 2007 por la Juez Unipersonal N° 3 de la Sala N° 1 del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo; SEGUNDO: SE REVOCA en todas y cada una de sus partes el fallo apelado, conforme a los razonamientos contenidos en la presente decisión; TERCERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda intentada por la ciudadana JUANITA NOCXARA LAUSER en contra del ciudadano CARLOS GIORGIO ALFANO VANAGELITE y se condena al demandado a pagar a la demandante la suma de BOLÍVARES TREINTA Y CUATRO MILLONES CIENTO OCHENTA Y DOS MIL TRESCIENTOS SESENTA Y OCHO (Bs. 34.182.368,00), discriminados de la forma siguiente: 1) BOLÍVARES VEINTITRÉS MILLONES CUARENTA Y SIETE MIL SEISCIENTOS CINCUENTA (BS. 23.047.650,00), por concepto de pensión de alimentos vencidas; 2) la cantidad de Bolívares DOS MILLONES SETECIENTOS SESENTA Y CINCO MIL.....