D E C I S I Ó N
En mérito de las consideraciones precedentemente expuestas, este Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil y Menores de la Circunscripción Judicial del estado Lara, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara CON LUGAR la RECUSACIÓN interpuesta por el ciudadano CARLOS ALBERTO ARBELÁEZ contra la Juez de sala No. 2 del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, Abg. LISBETH LEAL AGÜERO.
De conformidad con el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil, expídase copia certificada de esta sentencia para ser agregada al libro y remítase otra con oficio a la juez recusada; y conforme al artículo 251 ejusdem notifíquese a las partes.