En base a todos los razonamientos de hecho y de derecho antes expuestos y en atención a los meritos que de ellos se desprenden; este JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Con Lugar la demanda intentada por el ciudadano Edgar Henrique Castillo, titular de la cedula de identidad Nro. 11.187.535 en contra de la Sociedad Mercantil TRANSPORTE DE CARGA JUFAGA C.A, inscrita por ante el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del estado Lara, en fecha 20 de mayo de 1998, bajo el N° 42, tomo 22-A, modificada en fecha 12 de noviembre de 2004, quedando registrada bajo el N° 39, tomo 73-A y solidariamente responsables a las empresas TRANSPORTE DE CARGA FRAGA S.R.L, inscrita en el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del estado Lara, bajo el N° 07, Tomo 36-A, de fech.....