Este Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Centro Norte, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE, la Querella Funcionarial por cobro de diferencias de prestaciones sociales y otros beneficios laborales, interpuesta por la ciudadana MARÍA TERESA AGÜERO, titular de la cédula de identidad N° V- 7.373.094, asistida por la abogada RAMONA BESTSANE SÁNCHEZ, titular de la cédula de identidad N° V- 7.150.434, inscrita en el INPREABOGADO bajo el N° 39.967, contra el INSTITUTO MUNICIPAL DE DEPORTE DE NAGUANAGUA y la ALCALDÍA DEL MUNICIPIO NAGUANAGUA DEL ESTADO CARABOBO.