Por todas las razones expuestas, este TRIBUNAL SÉPTIMO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS VALENCIA, LIBERTADOR, LOS GUAYOS, NAGUANAGUA Y SAN DIEGO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, conforme a derecho declara:
1. PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO (DESAFECTO) incoada por el ciudadano por el ciudadano HECTOR GUILLERMO SÁNCHEZ GUTIERREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-14.820.727, asistido por la abogado DAYANA RAMONA HERRERA HURTADO, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro. 289.740, en contra de la ciudadana KADIJA MIKARI MUJICA DE SÁNCHEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad V-15.691.428, y en consecuencia se declara DISUELTO el vínculo matrimonial que los unía, contraído por ante la Oficina de Registro Civil, Parroquia Miguel Peña, Municipi.....