Por las razones de hecho y de derecho que anteceden este Tribunal de Control Nª 2 del Circuito Judicial Penal del Estado Carabobo, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con lo previsto en los artículos 51 y 257 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, Artículos 4, 5, 6, 13, 17 y 318 ordinal 1° del Código Orgánico Procesal Penal DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA A LOS CIUDADANOS SIMON ANTONIO SILVA FIGUEROA y ROBERTO LEONARDO, antes identificado y ASÍ SE DECIDE. Notifíquese a las partes y remítase las actuaciones al Tribunal de Ejecución correspondiente