PRIMERO: CON LUGAR la Intimación de Honorarios Profesionales incoada por la profesional de la contaduría pública FRANCYS PEÑA, contra la empresa FERRETERÍA MENESES, plenamente identificada.
SEGUNDO: Se ordena a la intimada FERRETERÍA MENESES que pague a la Lic. FRANCYS PEÑA, la cantidad de BOLÍVARES CIENTO TREINTA MIL SETECIENTOS CINCUENTA Y CINCO CON 60/100 (Bs. 130.755,60) más la cantidad de BOLÍVARES VEINTICUATRO MIL VEINTICINCO CON 24/100 (Bs. 24.025,24) por valor ajuste, el cual se corresponde al factor de corrección de 1,84 tomando en cuenta el mes de admisión de la intimación, es decir, octubre de 2003 al presente mes, sobre la base del Índice de Precios al Consumidor para el Área Metropolitana de Caracas emitido por el Banco Central de Venezuela para un total a pagar de BOLÍVARES CIENTO CINCUENTA MIL SETECIENTOS OCHENTA CON 84/100 (Bs. 154.780,84.)