/Este Juzgado Sexto de Primera Instancia en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 264 del Código Orgánico Procesal Penal, declara CON LUGAR la solicitud de AMPLIAR la Medida de Presentación incoada por el imputado y Acuerda su AMPLIACION, a favor del ciudadano MIGUEL RODRIGUEZ ALVARADO, titular de la Cédula de Identidad Nº 12.850.166 por la presunta comisión del delito de CONCUSIÓN previsto en el artículo 60 en la Ley Contra la Corrupción, PRIVACIÓN ILEGÍTIMA DE LIBERTAD previsto y sancionado en la parte infine del artículo 176 del Código Penal, EXTORSIÓN previsto y sancionado en el artículo 459 del Código Penal , quedando el mismo obligado a presentarse cada Treinta(30) días por ante la taquilla de presentaciones de este Circuito Judicial Penal. Notifíquese a las partes de la presente decisión. Regístrese.....