Por los razonamientos antes expuestos, este Tribunal de Ejecución de la Sección de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre Extensión Carúpano, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley 1.- La Ratificación de la medida de Privación de libertad impuesta a: la Ratificación de la medida de Privación de libertad impuesta al sancionado: "OMISSIS" por la comisión del delito de: Robo Agravado, previsto y sancionado en el artículo 458 del Código Penal Vigente, en perjuicio del ciudadano Israel David Cabeza Urbaneja; por el lapso de un (01) año, dos (02) meses y tres (03) Días de la medida de Privación de libertad. 2.- con lugar las copias solicitadas. Cúmplase.-
La Jueza de Ejecución
La Secretaria
Abg. Marisandra Cañizares G.
Abg. Castelia Núñez