DECISIÓN
En mérito a las consideraciones que anteceden, este Tribunal administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, DESESTIMA LA DENUNCIA FORMULADA POR LOS CIUDADANOS HERNAN JOSÉ PÉREZ GÓMEZ, CARMEN YUSELIN DORANTE, EDGAR ANTONIO MARTÍNEZ, FERMIN JOSÉ CORONADO ELIAS, LEANDRO RAUL QUERALES MUJICA, OLIVER GRACIANO VERDE FERRER, LESTER MANUEL PÉREZ RODRIGUEZ, WILMER GIOVANNY RODRÍGUEZ MORA, JOHANN JOSEFINA CHIRINOS ARANGUREN y JORGE LUIS JIMENEZ GOYO, por no revestir los hechos denunciados carácter penal. Todo de conformidad con lo establecido en los artículos 301 y 302 del Código Orgánico Procesal Penal. Por último, se acuerda notificar de la presente decisión al Fiscal Vigésimo Segundo del Ministerio Público y a los denunciantes. Igualmente remitir a la Fiscalía Vigésimo Segunda del Ministerio Público las presentes actuaciones en la oportunidad legal, a objeto de que proceda a su archivo. NOTIFÍQUESE. REGÍSTRESE Y CÚMPLASE.