DECISIÓN
Por las razones antes expuestas, este Juzgado Tercero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo, administrando Justicia y por Autoridad de la Ley DECLARA:
PRIMERO: SIN LUGAR la apelación ejercida por la parte actora.
SEGUNDO: SE ANULA la sentencia dictada en fecha 17 de julio de 2007, por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo.
TERCERO: INADMISIBLE la solicitud de calificación de despido incoada por la ciudadana PATRICIA ANY TALLAVO FERNÁNDEZ, ya identificada, contra las empresas LABORATORIO DR. REDDY´S, C.A. y BIOFARMA, C.A.