Entonces, valorados como han sido los medios probatorios, el Juzgador considera que consta suficientemente que las trabajadoras percibían a cambio de sus servicios porcentaje sobre lo vendido y ello puede evidenciarse de la declaración de los testigos, ya valorada. Así se decide.-
Entonces, tomando en cuenta que las actoras recibieron cantidades de dinero con ocasión de la relación de trabajo que existió, sin tomar en cuenta el monto de las comisiones devengado, se declaran procedentes las cantidades demandadas por antigüedad, intereses sobre prestación de antigüedad, vacaciones y bono vacacional; utilidades y última quincena retenida (mes de septiembre, más comisiones), en los montos transcritos en esta decisión que se dan aquí por reproducidos previa deducción de las cantidades ya recibidas que se evidencian en las documentales valoradas. Así se decide.-