Por todo lo antes expuesto este Juzgado del Municipio Bermúdez del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y Por Autoridad de la Ley declara CON LUGAR, la demanda de Cumplimiento de Contrato de Arrendamiento, incoada por el Ciudadano ASDRÚBAL HERNÁNDEZ representado Judicialmente por el Abogado HECTOR VELASQUEZ MARQUEZ, contra el ciudadano RENAN DIAZ BENGOLEA, representado judicialmente por el abogado CARLOS JAVIER TINEO. En consecuencia se condena al demandado ciudadano RENAN DIAZ BENGOLEA, a pagar los cánones de arrendamientos correspondientes a los meses de Noviembre y Diciembre del 2.007 y Enero, Febrero, Marzo, Abril, Mayo, Junio, Julio y Agosto del 2.008, a Quinientos Mil Bolívares mensuales hoy Quinientos Bolívares (Bs. 500,00), para un monto total de Cinco Mil Bolívares (Bs. 5.000,00). E igualmente se condena al demandado a desalojar el inmueble arrendado.-
Se condena en costas.....