es por lo que este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Sede Cumaná, en su Sala de Juicio, bajo decisión del Juez Nº 1, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decreta la ADOPCIÓN PLENA, de la niña XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX, a favor de los ciudadanos FRANCISCO EZEQUIEL PEREDA RODRIGUEZ y ZAIDA ROSA RODRIGUEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad Nº V-10.462.180 y 5.702.806, respectivamente, casados y domiciliados en la calle Tropical, sector Guanta de la población de Araya, Municipio Cruz Salmeron Acosta del estado Sucre, debidamente asistidos por la Abogada LILIANA FIGUEROA PERDOMO, inscrita en el Inpreabogados bajo el Nº 54.492, abogada de la oficina de adopciones adscrita al Concejo Estadal de derechos del niño y del adolescente del estado Sucre, procediéndose de conformidad con los artículos 425, 426, 427, 428 y 430,.....