este Tribunal en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la solicitud de Título Supletorio de Propiedad, presentada por la ciudadana: DIOGENES MARIA GARCIA de MORA, titular de la Cédula de Identidad V-5.900.126, sobre una casa construida en un terreno municipal dentro de los siguientes linderos: NORTE: Con casa que es o fue del señor Angel Ruperto Rojas; SUR: Con casa que es o fue de la señora Diógenes María García de Mora; ESTE: Con casa que es o fue de la señora Petra Fernández; y OESTE: Con calle José Felix Rivas de Campo Claro que es su frente la misma consta de una (1) sala recibo, una (1) sala comedor, un (1) baño, dos (2) habitaciones, dos (2) ventanas de madera, tres (3) puertas de aluminio con vidrio y dos (2) puertas de hierro en la parte trasera, con instalación de luz electrica y tuberías de aguas blancas y servidas.