DECLARA: CON LUGAR LA SOLICITUD DE DIVORCIO y en consecuencia queda disuelto el vínculo matrimonial contraído por los ciudadanos: GIMENEZ PEREZ CHARLET LERMIT y PERDOMO PEREZ ALEXARYS JOSEFINA, por ante el Registro Civil de la Parroquia Bolivar, Municipio Moran, del estado Lara, en fecha 13 de septiembre de 2.003, anotado bajo el Nº 48, de los Libro de Registro Civil de Matrimonios respectivo, llevado durante el año 2.003. Durante la unión matrimonial NO procrearon. Se declara extinguida la comunidad de gananciales entre las partes, de conformidad con lo establecido en el artículo 173 del código Civil. Ofíciese a los organismos competentes, remitiendo copia certificada de la presente decisión, a los fines legales consiguientes.