Es por estos razonamientos que este TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS PAEZ Y ARAURE DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la demanda de divorcio presentada por la ciudadana: PAOLA ANDREINA DINATALE MACHADO, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-20.389.209, e inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 304.115, Actuando en nombre y Representación del ciudadano: CARLOS EDUARDO BARRAEZ ALVAREZ, venezolano mayor de edad titular de la cedula de identidad N° V- 2.116.450. Demandada ciudadana CARMEN MARIA MIRANDA DE BARRAEZ, venezolana mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-2.953.368, designado como defensor Judicial al Abg. HERNALDO LAGUNA GONZALEZ, venezolano mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-20.391.505 e inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 224.792 de conf.....