En consecuencia, por todo lo antes expuesto, este Tribunal Único de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado falcón Extensión Punto Fijo, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley Declara el CUMPLIMIENTO TOTAL, y por ende, la extinción de la pena de prisión, en el presente asunto penal seguido en contra del penado. JORGE ALBERTO AREVALO HERRERA, de nacionalidad Colombiana, cedulado con el número E-386.118, nacido el día 21-12-1962, soltero de profesión constructor, con domicilio en Carrera 75D N°. 57Z-22, Sier Bogotá-Colombia Se Ordena librarle Boleta de Notificación a las penadas, a la Fiscalía Décima Séptima del Ministerio Público, a la Defensora Pública Segunda, con competencia en ejecución de penas. Por cuanto no consta en actas, la dirección donde pueda ser ubicado el penado a los fines de ser notificado, se ordena publicar en la cartelera de este Circuito Judicial Penal, la boleta de Notificación dirigida al mismo. Se Ordena la remisi.....