Por los razonamientos antes expuestos y de conformidad con lo establecido en los artículos 12, 444 y 450 del Código de Procedimiento Civil, este Juzgado Tercero de Los Municipios Maturín, Aguasay, Santa Bárbara y Ezequiel Zamora de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, Declara Reconocido el Instrumento Privado en su Contenido y Firma, el cual riela al folio 4 del presente expediente, contentivo de contrato de compra venta sobre un vehículo de las siguientes características: Marca: FORD, Modelo: LARIAT, Tipo: dic UP, Color: VINO TINTO Y FRANJAS BLANCAS; Uso: PARTICULAR; Serial del Motor: 6 CIL; Serial de Carrocería: AJF1GT27046; Clase: CAMIONETA; Placa: S/N . Y Así se Decide.